Buenos
Aires, 29 de julio de 2016
Jubilados y pensionados pueden dar un
poder a otra persona para el cobro de sus haberes
La ANSES recuerda que los jubilados y
pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado, mayor de 18 años,
para hacer trámites en sus oficinas o cobrar el haber previsional. Pero si el
interesado solo desea un apoderado para percibir la jubilación o pensión, puede
designar a una entidad bancaria.
El trámite debe hacerse presencialmente en
cualquier delegación de la ANSES, sacando un turno al teléfono gratuito 130, de
lunes a viernes de 8 a 20 horas, o desde www.anses.gob.ar,
sección Turnos online, elegir Solicitar turno y seleccionar Registración de poderes. Allí deberá
indicar el CUIL y el nombre completo del jubilado o pensionado y el CUIL del
apoderado.
Asimismo,
la ANSES informa que hoy, 27 de julio, cobran los jubilados y pensionados cuyos
haberes superan los $5634 y sus documentos terminan en 8 y 9, y aquellas
personas que perciben la prestación por Desempleo –plan 1 de julio- cuyos
documentos finalizan en 6 y 7. Los calendarios de pagos de todas las
prestaciones pueden consultarse en www.anses.gob.ar.
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