OMIC: Multa a empresa de Telefonía Celular
OMIC Informa:
LA CNC MULTA A EMPRESA MOVISTAR POR CAMBIOS EN LA PRESTACION DE SERVICIOS.
Tras haber tomado conocimiento acerca de las modificaciones que Movistar efectuó en el paquete de servicios de Internet que ofrece a sus usuarios, la CNC actuó de oficio y exigió a la empresa toda la información correspondiente. Del análisis de dicha información, el organismo concluyó que Movistar incurrió en una modificación irregular de las condiciones de contratación del servicio, al no haber comunicado dicho cambio a sus usuarios de manera fehaciente, clara y transparente.
En ese sentido, la empresa incumplió el artículo 10.3 b del Decreto 764/2000, que establece que las empresas tienen que garantizar el acceso a la información sobre las condiciones de contratación que hacen los usuarios del servicio, así como también debe ser clara la publicidad de los precios de los servicios que prestan.
Además de la sanción, el ente de control le impuso a la empresa la obligación de retrotraer la situación de los planes modificados a las condiciones anteriores y, al mismo tiempo, efectuar el reintegro correspondiente a cada usuario afectado. Vencido el plazo máximo establecido para realizar el reintegro, se le impondrá a Movistar una multa diaria por cada día de incumplimiento. De esa forma, será la propia empresa la encargada de comunicar a sus usuarios de qué manera implementará el reintegro. A su vez, deberá demostrar que obró de acuerdo a la obligación que le impone el acto de sanción.
La medida fue comunicada en el marco de una nueva reunión de la Comisión Permanente de Usuarios de Comunicaciones, que se realiza en la CNC cada 15 días, en la cual representantes de 25 asociaciones de usuarios de todo el país canalizan los reclamos que reciben de sus asociados.
Información y Denuncias: Dirección OMIC. Avenida Shaw 651 Pinamar.
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