jueves, 19 de mayo de 2016

ANSES comunicados

Asignación Universal: los comprobantes de pago que emite el cajero automático tienen la próxima fecha de cobro
La ANSES recuerda que los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) que realizan una transacción en cualquier cajero automático tienen impresa la próxima fecha de cobro de esta prestación en el comprobante que emite la terminal, al igual que los recibos de jubilados y pensionados.
Este servicio es el resultado de un trabajo conjunto entre la ANSES, el Banco Central de la República Argentina (BCRA), las redes de cajeros automáticos y las entidades que conforman la red de pagos, teniendo en cuenta el volumen de consultas sobre las próximas fechas de cobro que el organismo previsional recibe todos los meses.


Asimismo, la ANSES informa que hoy, 19 de mayo, cobran los jubilados y pensionados cuyos haberes no superan los $5634 y sus documentos terminan en 8. Los calendarios de pagos de todas las prestaciones pueden consultarse en www.anses.gob.ar.
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Atención trabajadores
LA IMPORTANCIA DE LA CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS PARA INICIAR LA JUBILACIÓN
La constancia refleja el período en el que se realizaron tareas y los salarios percibidos. El empleado puede pedirla en cualquier momento, o bien, al finalizar la relación laboral.
La ANSES recuerda a todos los trabajadores que, al culminar la relación laboral, deben exigir a su contratante la Certificación de Servicios y Remuneraciones, que demuestra los servicios prestados y los salarios percibidos en los períodos trabajados en relación de dependencia, documentación necesaria para realizar el futuro trámite jubilatorio. También pueden solicitarla en cualquier momento.
En los casos de cese de la relación laboral, el empleador deberá entregar la certificación dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de extinción del contrato de trabajo. Si no lo hiciese y el trabajador lo intimara de modo fehaciente a extender la certificación en cuestión, el empleador contará con un plazo de 2 días hábiles computados a partir del día siguiente al de la recepción de la intimación.
Si el empleador no hiciese lugar a esta intimación referida podrá resultar sancionado con una indemnización a favor del trabajador, que será equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o el tiempo de prestación de servicios, si este fuere menor.
También, el Reconocimiento de Servicios
Asimismo, los empleados en relación de dependencia o autónomos pueden solicitar en cualquier momento el Reconocimiento de Servicios. Este comprobante acredita ante la ANSES los servicios con aportes declarados por el trabajador. Para gestionarlo, se debe obtener un turno al número gratuito 130 o en www.anses.gob.ar.
De esta manera, los años trabajados formarán parte de la historia laboral, lo que permitirá a la persona adelantar parte del futuro trámite jubilatorio.
Para consultar más información, el interesado puede ingresar en  www.anses.gob.ar, sección Prestaciones y Servicios, opciónTrabajadores y elegir Reconocimiento de Servicios.


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